DIAN - Concepto 213 de 17/feb/2021, Actividades autorizadas para los depósitos privados

La DIAN conceptuó que las actividades autorizadas para los depósitos privados solo se limitan a la recepción, custodia y almacenamiento de mercancías.

La DIAN conceptuó que las actividades autorizadas para los depósitos privados solo se limitan a la recepción, custodia y almacenamiento de mercancías. En consecuencia, en los  eventos en que la mercancía por su naturaleza se encuentre sujeta a etiquetado en cumplimiento de un reglamento técnico exigido por la autoridad competente para  su nacionalización, para efectos de la obtención del levante, solo el importador podrá colocar el etiquetado en el depósito privado, con el fin de dar aplicación y cumplimiento a lo previsto en el Decreto 3273 del 2008.