DIAN Concepto 225 de 19/feb/2021, artículo 622 del Código de Comercio - el pagaré en blanco

La DIAN conceptuó que, según el artículo 622 del Código de Comercio, el pagaré en blanco requiere de su diligenciamiento conforme a las instrucciones dadas por el suscriptor, para ejercer o reclamar el derecho que en él se incorpora

La DIAN conceptuó que, según el artículo 622 del Código de Comercio, el pagaré en blanco requiere de su diligenciamiento conforme a las instrucciones dadas por el suscriptor, para ejercer o reclamar el derecho que en él se incorpora, lo que implica que un pagaré en blanco con carta de instrucciones no cumple el requisito de exigibilidad que trata el artículo 1° de la Resolución 63 del 2016, por medio de la cual se definen las modalidades de ingreso y salida del país de dinero en efectivo y de títulos representativos de dinero por un monto superior a US.000 o su equivalente en otras monedas; entendiendo por títulos representativos de dinero, los cheques y cualquier otro título que incorpore una obligación cierta, clara, expresa y exigible de pago en dinero, en moneda legal colombiana o en divisas.